Se reanuda la pesca comercial


El domingo termina la veda para la pesca comercial y el lunes se retoma la actividad en la Provincia de Santa Fe.

El Ministerio de la Producción recuerda la normativa que deben observar los distintos actores de la cadena de valor.

 

A partir del 1º de febrero se restablece la pesca comercial en todo el territorio santafesino, informó el Ministerio de la Producción, al haberse cumplido los tres meses de veda que rige todos los años, desde noviembre a enero de acuerdo a la ley N° 12713.

Ante esta situación, la cartera productiva recuerda que todas las empresas vinculadas al sector deben cumplir con la reglamentación fijada por el decreto 2136/09 para acceder a las licencias. Los interesados, además de cumplimentar lo establecido en el marco jurídico vigente, deberán presentar:

>>> Licencias de Acopio de Pescado categorías A y B:

— Habilitación del Senasa (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria) para tránsito federal e internacional.

— Habilitación municipal o comunal.

— Habilitación de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) – Registro Provincial de Establecimientos (RPE).

— En caso de ser Monotributista: constancia de CUIT e inscripción en Ingresos Brutos.

— En caso de ser Responsable Inscripto: constancia de CUIT, inscripción en IVA, Ganancias e Ingresos Brutos.

>>> Licencias de Venta Minorista de Pescado categoría A, Venta Minorista de Pescado categoría B y Comedor de Pescado:

— Habilitación municipal o comunal, según corresponda.

— En caso de ser Monotributista: constancia de CUIT e inscripción en Ingresos Brutos.

— En caso de ser Responsable Inscripto: constancia de CUIT, inscripción en IVA, Ganancias e Ingresos Brutos.

Asimismo, desde el Ministerio de la Producción se inicia el trabajo con cada una de las localidades costeras para entregar la licencia de pescador artesanal y registrar embarcaciones de todas aquellas personas que hayan figurado en el padrón de pescadores.

Finalmente se recuerda que, a partir del mencionado decreto, los vehículos de transporte de productos provenientes de la pesca comercial no podrán circular transportando estos productos desde las 0 hora de los días sábados hasta las 14 horas de los días lunes. Del mismo modo, se aplicará esta restricción horaria a los días feriados y el inmediato posterior.

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